5. – Las Programaciones
didácticas vigentes:
Una
vez que el docente tiene diseñado el Currículo, el siguiente paso es la
creación de una programación didáctica, es decir, “programar las actividades”. Los
departamentos didácticos de los centros educativos adaptarán y aplicarán la
legislación a su realidad. Desarrollaran el currículo establecido a través de
la programación didáctica de cada materia y de cada curso académico. En otras
palabras, la programación didáctica será el instrumento de planificación curricular
específico y será necesaria para desarrollar el proceso de enseñanza y
aprendizaje entre alumnos y profesores del departamento de manera coordinada.
El
docente adapta las directrices del centro a la realidad del aula, grupo y
curso. Elaborará una programación didáctica con los siguientes elementos – la
estructura: las normas de nuestra
administración educativa y las características de nuestro centro y alumnos
(contextualización); plantear nuestras metas (competencias y objetivos);
los conocimientos, habilidades y conductas (contenidos); los medios que nos
harán conseguir lo que pretendemos (metodología) y la forma de evaluación del
proceso (evaluación).
La
programación didáctica será necesaria en todos los ámbitos educativos, desde la
secundaria, bachillerato, FP y EOI. Pero para este punto tomaré como ejemplo
cómo elaborar una programación didáctica para la enseñanza obligatoria de
secundaria:
El primer punto es contextualizar la programación. Se ha de definir el marco legislativo aplicable a una
determinada comunidad autónoma, las características del centro en el que se
desarrollará la programación y las del grupo de alumnos con el que vamos a
trabajar. A su vez, es importante
reflejar el conocimiento que se tiene de la
legislación educativa vigente (LOMCE),
ya que marcará las pautas de nuestro futuro trabajo. Y nos remitiremos al
Curriculum, se entiende por currículo la regulación de los elementos que
determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
Es esencial, mencionar la Ley Orgánica y las normativas autonómicas que regulan
la enseñanza. En este punto, se tendrá en cuenta las características del centro
y del grupo de alumnos.
El segundo punto
son las competencias. Impuestas por
la Unión Europea, su función consiste orientar la labor del profesor. Recordar
que hay 7 competencias vigentes.
El tercer punto
que no debe faltar es el objetivo.
Lo que queremos que el alumno consiga, tras haber pasado por unas determinadas
experiencias que el docente habrá planificado precisamente para que logre esos
objetivos. En este aspecto, la LOMCE ha variado la regulación de los objetivos.
En el actual Real Decreto de currículo básico se definen los objetivos de la
etapa y de cada área pero no de cada uno de los cursos. Y las Comunidades
Autónomas han seguido caminos dispares, definiendo con más o menos detalle los
objetivos.
El siguiente
punto que se debe tener presente en una programación son los contenidos. Los contenidos según la
legislación vigente son un conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y
actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa
educativa y a la adquisición de las competencias. Hoy en día, se pretende que
el estudiante, además de meros conocimientos, desarrolle sus capacidades y
aprenda a aprender. Es importante, temporalizar
cada contenido.
El siguiente
punto es la metodología. Conjunto de
estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el
profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar
el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados. Dependerá
de los elementos curriculares y de la forma personal de cada docente.
La programación
didáctica deberá recoger las actividades
(que se especificarán en las unidades didácticas).
Y otro punto
esencial son los recursos, es decir,
los materiales que usaremos para llevar a cabo lo expuesto en la programación.
No debe faltar
el apartado dedicado a la evaluación.
Es necesario saber si lo expuesto anteriormente será positivo para el alumno. Y
nos servirá para observar si se ha logrado los objetivos propuestos. En este
apartado será relevante los criterios de evaluación como aspectos en los se
debe fijar para ver si hay avance; los criterios de promoción para ayudar a
determinar si un alumno debe o no pasar de curso; y el plan de evaluación como
sustento de todo el proceso.
Y el último
apartado que no debe faltar para la creación de una programación didáctica de
la ESO (en este caso) es la atención a
la diversidad. Es importante recordar que todo estudiante tiene un ritmo de
aprendizaje diferente. Se debe incluir pautas de trabajo para los alumnos que
pueden englobar el tratamiento a la diversidad, sin olvidar que cada comunidad
autónoma dispone de legislación con medidas concretas para la atención a la
diversidad.
Como conclusión, la elaboración de
una programación didáctica es compleja e
importante cara nuestro futuro profesional. Un elemento clave a la hora
de hacer frente a unas oposiciones. Por este motivo es fácil encontrarse con
auténticos horrores de modelos de programaciones didácticas: sin un índice
claro y paginado, sin tener en cuenta la contextualización o la
temporalización, programaciones muy ambiciosas o muy pobres en contenidos,
etc. La clave para lograr una
programación didáctica completa, original y precisa será tener presente los
elementos que constituyen una programación, y tener muy claro el marco
legislativo aplicable a una determinada comunidad autónoma, las características
del centro en el que se desarrollará la programación y las del grupo de alumnos
con el que vamos a trabajar. En otras
palabras, argumentar por qué se presenta esa programación y demostrar que está
basada en una realidad concreta.
Notas para la elaboración de esta
recapitulación:
§ Notas
y documentación del profesor
§ Apuntes
personales
§ Ley
orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) (Ley Orgánica 8/2013, 9
de diciembre). Boletín Oficial del Estado, nº 295, 2013, 10 diciembre. pp.
97858 a 97921. http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/10/pdfs/BOE-A-2013-12886.pdf
§ Instituto
Cervantes., & España. (2002). Marco común europeo de referencia para las
lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación. Madrid: Secretaría General
Técnica del MECD, Subdirección General de Información y Publicaciones.http://cvc.cervantes.es/ensenanza/biblioteca_ele/marco/cvc_mer.pdf
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